jueves, 1 de octubre de 2009

CÓMO ACTUAR FRENTE A UN CASO DE MALTRATO DENUNCIAS POR MALTRATO ANIMAL

EL MALTRATO Y LA CRUELDAD CONTRA ANIMALES:

Es un delito penado por el Código Penal.

Es un delito que tiene Acción Pública, es decir, que puede ser denunciado por cualquier persona.

El hecho se puede denunciar ante la Policía o el Juzgado del Crimen.

ASOS Y REQUISITOS PARA FORMULAR UNA DENUNCIA:

El/la denunciante debe ser mayor de edad, 21 años, y acreditar su identidad con Documento Nacional de Identidad, Libreta de Enrolamiento o Cívica. Si es extranjero y no posee D.N.I. por medio de su Cédula de Identidad.

La denuncia puede hacerse verbalmente o por escrito ante las autoridades del lugar en que ocurrió el hecho. En caso de realizarse por escrito deberá ser firmada ante el funcionario que la recibe y solicitarse una copia de la misma.

Para realizar la denuncia basta con describir los hechos considerados delictuosos, el lugar y tiempo en el que ocurren o han ocurrido y, si se lo conoce, el nombre, apodo, señas y/o domicilio del supuesto culpable y cualquier otro dato de interés que pueda facilitar la investigación.

La denuncia debe formularse ante el Juez competente, el Ministerio Fiscal o la autoridad policial. ES IMPORTANTE DESTACAR QUE LA POLICIA TIENE LA OBLIGACIÓN DE TOMAR LA DENUNCIA: LA LEY DE PROTECCIÓN AL ANIMAL NRO. 14.346 ES UNA LEY PENAL Y DEBEMOS HACERLA CUMPLIR.

La denuncia debe ratificarse cuando el denunciante sea citado por la autoridad competente. Este es un trámite sencillo que consiste en la asistencia al Juzgado donde se labra un acta con la manifestación de esta ratificación. En caso de no concurrir, la causa será archivada.

El denunciante no contrae ninguna obligación que lo ligue al proceso ni tampoco es necesario el asesoramiento de abogados.

Siempre que sea posible deben presentarse testigos de los hechos, siendo suficiente con aportar el nombre y/o apodo y el domicilio.

Los testigos presenciales de los hechos son los que deben radicar la denuncia correspondiente. Como ciudadanos tienen el derecho de denunciar y a las autoridades les compete el deber de aceptar la respectiva denuncia.

En todo caso NO deje amedrentarse por simples comentarios tales como "no nos ocupamos de eso". Debe solicitar hablar con la autoridad a cargo y exijir que su denuncia sea tomada.

Si el hecho ocurrió en Capital Federal se puede concurrir a la Seccional correspondiente de la Policía Federal o a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, calle Viamonte 1147, entre las 07:30 y 13:30. Hay que presentarse con documento en Mesa de Entradas donde se levantará el Acta.

Si ocurrió en Provincia de Buenos Aires, partidos de Vicente López, San Isidro, San Fernando y Tigre, se puede concurrir a la comisaría local o a los Tribunales de San Isidro, calle Ituzaingo 340, de 07:30 a 13:00.

En el interior del país o demás localidades de la provincia de Buenos Aires, se debe concurrir a la comisaría más cercana.

LAS AUTORIDADES TIENEN LA OBLIGACION DE TOMAR SU DENUNCIA

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